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La cesantía, prestación para los afiliados con relación de dependencia

La cesantía, prestación para los afiliados con relación de dependencia

La cesantía es un fondo de ahorro obligatorio que acumula el afiliado bajo relación de dependencia, durante su vida laboral, y al cual accede cuando esté cesante o jubilado. Esta suma corresponde al 2% del aporte mensual del trabajador y se encuentra registrada en las cuentas individuales de cesantía.

En lo que va de 2022, se beneficiaron con esta prestación económica 41.052 afiliados cesantes, para lo cual el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) desembolsó 90 millones 977 mil 910 dólares.

Mientras en 2021, solicitaron la devolución de la cesantía, 212.484 afiliados cesantes; con un desembolso de 433 millones 450 mil 177 dólares.

Para acceder al fondo de cesantía, el afiliado debe tener acumuladas 24 aportaciones, no necesariamente simultáneas; debe esperar dos meses, a partir de la fecha del aviso de salida para enviar la solicitud. El trámite es totalmente virtual, a través del siguiente link: https://app.iess.gob.ec/iess-gestion-cesantia-afiliado-web/app/index?comodin=C

Recuerde, uno de los requisitos para solicitar este fondo es mantener activa una cuenta bancaria personal en el sistema nacional financiero, registrada y autorizada en el IESS; además, contar con la clave personal, no tener obligaciones patronales pendientes de pago, préstamos quirografarios vigentes o tener vigente una solicitud del seguro de desempleo.

En el caso de los afiliados que se encuentren cesantes para acceder a la jubilación o mejora de pensión por vejez, pensiones de invalidez o rentas permanentes totales o absolutas de riesgos del trabajo o los derechohabientes del afiliado fallecido, pueden aplicar inmediatamente la solicitud de devolución; es decir sin esperar los 60 días ni cumplir las 24 aportaciones.

El plazo para la acreditación de los recursos del fondo de cesantía en las cuentas bancarias registradas por el afiliado, es de aproximadamente 15 días.

Tome en cuenta que, tanto la cesantía como los fondos de reserva, son garantía para acceder a un préstamo quirografario.

Fuente: Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

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