Ley orgánica para la transformación digital y audiovisual

Ley orgánica para la transformación digital y audiovisual

De acuerdo al Tercer Suplemento Nº 245 – Registro Oficial, publicado el martes 07 de febrero de 2023 esta Ley promueve alcanzar los siguientes objetivos:

Impulsar la inversión y la innovación mediante la modernización, actualización y simplificación de trámites, procesos y barreras regulatorias.

Establecer un marco legal para facilitar la transformación digital de las instituciones públicas, las empresas privadas y la sociedad. Fortalecer el uso eficaz y eficiente de las plataformas, tecnologías, redes y servicios digitales para atraer inversiones y promover la economía digital, la eficiencia y el bienestar social, así como

Facilitar la aplicación de tecnologías digitales en la prestación de servicios públicos y la gestión de trámites administrativos. y,

Acelere el uso y la optimización de los recursos necesarios para permitir la transformación digital.

Para los contribuyentes que se dediquen a la producción audiovisual, la importación de materiales de producción necesarios para la producción de obras audiovisuales de la Lista Aprobada COMEX estará sujeta a todos los derechos, impuestos, privilegios, tasas o contribuciones según consumo o regímenes provisionales que estén exentos de ser hospitalizado.

Los siguientes pagos se realizan en el extranjero en relación con la producción de productos audiovisuales exentos de ISD.

2.1 Importación de equipos y bienes destinados a la producción, promoción y difusión audiovisual local y extranjera en el Ecuador.

2.2 Pago de salarios, honorarios, remuneraciones o viáticos a personas naturales o jurídicas que tengan residencia fiscal en el extranjero, para que presten sus servicios en la producción audiovisual y extranjera en el Ecuador.

Los pagos del exterior realizados a personas naturales o jurídicas con residencia fiscal en el extranjero por la prestación de servicios de producción audiovisual nacional y extranjera en el Ecuador no están sujetos a retención a cuenta sobre la renta.

Los servicios digitales que pagan IVA y están asegurados por SRI pueden beneficiarse de esta exención de impuestos siempre que proporcionen conocimientos, bienes u otro tipo de apoyo técnico para el proceso de desarrollo. Distribución en todas las etapas de la producción de contenidos audiovisuales nacionales. También incluye reformas de otros cuerpos legales como:

Ley de Régimen Tributario Interno:

Exoneración del impuesto a la renta por 10 años para las nuevas inversiones productivas enfocadas en transición y seguridad energética que serán las de generación de energías renovables no convencionales e industrialización de gases natural y asociado en Ecuador.

Código de Comercio:

Los valores tangibles o electrónicos que no se negocian en bolsa pueden utilizar cualquier tecnología y sistema tecnológico como prueba de la existencia de los valores electrónicos o intangibles de conformidad con los principios de neutralidad tecnológica, equivalencia funcional e independencia de las partes.

Los valores electrónicos tienen la misma fuerza legal y efectos jurídicos que los emitidos en papel si cumplen con los requisitos legales de la Ley de Comercio, Comercio Electrónico, Firmas y Transmisión de Datos, Ley y Reglamento. El endoso del pagaré deberá constar en el respectivo documento o anexo que esté disponible en forma física o electrónica o mediante enlace electrónico directo o cualquier tecnología confiable. Debe estar firmada física o electrónicamente por el verificador. Para la cesión o transmisión de derechos, obligaciones, contratos, obligaciones y documentos comerciales, así como para la transmisión de derechos de propiedad y documentos, se podrá utilizar la firma electrónica o telemática y la firma manuscrita o electrónica.

Ley Notarial:

Todos los servicios de documentos se proporcionarán en persona o de forma remota según lo exija la ley, y los solicitantes que soliciten el servicio de documentos indicarán formalmente cómo se prestarán los servicios. Los servicios a distancia se prestarán por videoconferencia u otros medios a distancia según la naturaleza de la actividad o contrato, independientemente de la ubicación física de las partes en cualquier territorio del país. Si los servicios notariales no pueden prestarse externamente y las partes no pueden asistir a la oficina del notario, pueden prestar servicios notariales en persona fuera de las circunscripciones del estado.

Fuente: Registro Oficial

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