[vc_row][vc_column][vc_column_text]
Solicitud de devolución del impuesto redimible a las botellas plásticas no retornables
[/vc_column_text][vc_column_text]
REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Art. … .- Mecanismos para la devolución del valor correspondiente a la tarifa del impuesto.- (Sustituido por el num. 24 del Art. 2 del D.E. 973, R.O. 736-S, 19-IV-2016).- Los embotelladores importadores, recicladores y centros de acopio tienen la obligación de devolver a los consumidores el valor del impuesto pagado cuando éstos entreguen las botellas objeto de gravamen con este impuesto, siempre y cuando cumplan con las siguientes características:
(1) La botella debe estar vacía y no contener ningún material o residuo diferente al de su constitución; y,
(2) Las botellas deben estar libres de impurezas y corresponder a las que, de conformidad con la ley, son objeto de la devolución del impuesto, para lo cual se deberán efectuar procesos de verificación muestral o caracterización.
El Servicio de Rentas Internas devolverá el monto del impuesto por el número de botellas recuperadas o recolectadas, o su equivalente en kilogramos exclusivamente a los centros de acopio, recicladores, embotelladores e importadores que se encuentren certificados por el Ministerio de Industrias y Productividad, o el ente regulador que haga sus veces, y que mantengan suscrito y vigente el respectivo acuerdo de responsabilidad con el Servicio de Rentas Internas. Dicho acuerdo establecerá las obligaciones y causales de su terminación.
Mediante resolución el Servicio de Rentas Internas establecerá el proceso de devolución, requisitos, límites a devolver, plazos, destino del material PET recuperado, procedimiento de reliquidación automática por valores devueltos en exceso y demás condiciones aplicables, considerando la recaudación del impuesto, así como el origen, sustento, clasificación y verificación muestral del material recuperado.
En ningún caso el valor acumulado a devolver al total de embotelladores, importadores, recicladores y centros de acopio será superior al valor recaudado en el periodo por el cual se solicita la devolución.
Art. … .- Valor a devolver a los importadores, recicladores y centros de acopio.- Cuando no se pueda determinar el número exacto de botellas recolectadas, para efecto de la devolución se aplicará la siguiente fórmula:
Valor a devolver=KBP* M Donde: KBP: es igual al número de kilogramos de botellas plásticas recuperadas.
M: es el monto en dólares por kilogramo de botellas plásticas. Este valor lo fijará semestralmente el SRI mediante resolución.
[/vc_column_text][vc_column_text]Fuente: Base Legal – Solicitud de devolución del impuesto redimible a las botellas plásticas no retornables SRI[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]
Ante cualquier duda, comuniques cono nosotros
¡Síganos en Redes Sociales!
[/vc_column_text][gem_socials style=»rounded» colored=»custom» alignment=»center» icons_size=»40″ socials=»%5B%7B%22social%22%3A%22facebook%22%2C%22url%22%3A%22https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2FACLAUDITCO%2F%3Fepa%3DSEARCH_BOX%22%7D%2C%7B%22social%22%3A%22linkedin%22%2C%22url%22%3A%22https%3A%2F%2Fwww.linkedin.com%2Fcompany%2Facl-auditores-y-consultores-latam-ecuador%2F%3FviewAsMember%3Dtrue%22%7D%2C%7B%22social%22%3A%22instagram%22%2C%22url%22%3A%22https%3A%2F%2Fwww.instagram.com%2Facl_latam%2F%22%7D%2C%7B%22social%22%3A%22youtube%22%2C%22url%22%3A%22https%3A%2F%2Fwww.youtube.com%2Fchannel%2FUCZ-wHjiy6Ss3AwamBWk-HAA%3Fview_as%3Dsubscriber%22%7D%5D» color=»#08253d»][/vc_column][/vc_row]