ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN, MARCACIÓN, RASTREO Y TRAZABILIDAD FISCAL
El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó las especificaciones técnicas para la prestación del servicio de identificación, marcación, autentificación, rastreo y trazabilidad fiscal que deberán aplicarse como mecanismos de control para los bienes gravados con el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
Los bienes de producciones nacionales o importadas para el consumo, que deben aplicar mecanismos de control son: bebidas alcohólicas, cerveza industrial y cigarrillos.
Los contribuyentes que implementen los mecanismos de control sobre los bienes descritos anteriormente, deberán seleccionar al proveedor del servicio que cumpla con las especificaciones técnicas publicadas conforme lo establecido en las resoluciones número NAC-DGERCGC21-00000019 y NAC-DGERCGC21-00000048.
La fecha de inicio del servicio de identificación, marcación, autentificación, rastreo y trazabilidad fiscal con el proveedor seleccionado por el contribuyente, para los bienes de producción nacional, será el día siguiente a la finalización de la línea de la activación de cada contribuyente de acuerdo con el contrato vigente que regula la implementación del SIMAR; y para los bienes importados para el consumo, la fecha de inicio será a partir del 01 de abril de 2022.
Fuente: Artículo del portal del Servicio de Rentas Internas (SRI).