De acuerdo al Art. 69 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, en el cual indica:
Información de Patrimonio.- Para los efectos de la declaración patrimonial a la que se refiere la Ley de Régimen Tributario Interno, se tendrá en cuenta lo siguiente:
En resumen: Entiéndase por patrimonio a la diferencia entre el total de activos y el total de pasivos. Según Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000335, debes considerar: a) Dinero en efectivo e inversiones en instituciones financieras y otros depositarios en el Ecuador y el exterior b) Derechos representativos de capital en el Ecuador y el exterior c) Cuentas por cobrar en el Ecuador y el exterior d) Bienes muebles y construcciones en curso, en el Ecuador y el exterior e) Vehículos motorizados terrestres, naves y aeronaves, en el Ecuador y el exterior f) Derechos en el Ecuador y el exterior g) Bienes inmuebles en el Ecuador y el exterior h) Otros activos en el Ecuador y el exterior a) Deudas contraídas en el Ecuador y el exterior Las sociedades y establecimientos permanentes, deberán registrar en el “Anexo de activos y pasivos de sociedades y establecimientos permanentes”, los conceptos consignados de acuerdo a su contabilidad. Por única vez, la declaración patrimonial correspondiente al año 2020 se deberá presentar en el mes de junio de 2020, según el calendario señalado a continuación, considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto pasivo: Requisitos Obligatorios: Considera los siguientes pasos para reportarlo: El Trámite lo puedes realizar a través del portal web del Servicio de Rentas Internas, habilitado en línea las 24 horas del día en el siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT
Plazos de presentación declaración patromonial
¿Qué necesito para hacer el trámite de declaración patrimonial?