Ecuador cuenta con un Comité Nacional de Coordinación Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva “CONALAFT”

Ecuador cuenta con un Comité Nacional de Coordinación Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva “CONALAFT”

El Presidente Constitucional de la República, señor Guillermo Lasso, suscribió el Decreto Ejecutivo No. 371, de fecha 08 de marzo de 2022, mediante el cual se instrumentó la creación del Comité Nacional de Coordinación Contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, el Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONALAFT).

La puesta en marcha del Comité obedece a la necesidad de implementar la Recomendación No. 2, “Cooperación y coordinación nacional”, del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), institución conformada por 37 países miembros.

El CONALAFT tiene como objetivo proponer la política pública para prevenir, detectar y erradicar el delito de Lavado de activos y sus Delitos Precedentes, el Financiamiento del Terrorismo  y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, conforme al plan de acción en el que participarán entidades públicas y privadas.

El Comité está compuesto por los siguientes miembros:

La máxima autoridad del Ministerio de Economía y Finanzas o su delegado permanente con rango de subsecretario, quien lo presidirá;

La máxima autoridad de la Unidad de Análisis Financiero y Económico o su delegado, quien actuará como secretario;

La máxima autoridad de la Junta de Política y Regulación Financiera o su delegado permanente;

La máxima autoridad del Servicio de Rentas Internas o su delegado permanente; y,

La máxima autoridad del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o su delegado permanente.

El Presidente del CONALAFT podrá invitar a participar a las sesiones a otras instituciones cuando considere pertinente.

Entre las principales atribuciones y responsabilidades del Comité constan:

Coordinar las Evaluaciones Nacionales de Riesgo de Lavado de activos, la Financiación del Terrorismo  y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, para lo cual aprobará las metodologías de trabajo pertinentes;

Desarrollar y aprobar el Plan de Acción Estratégico para mitigar los riesgos identificados en la evaluación nacional de riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, así como monitorear y evaluar los resultados de la ejecución del referido Plan;

Diseñar y recomendar políticas públicas a las entidades correspondientes en materia de lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva;

Desarrollar campañas de educación ciudadana sobre las consecuencias perjudiciales en lo económico, político y social que conlleva el lavado de activos y la financiación del terrorismo;

Promover la actualización del marco legal y las reformas normativas que fueren necesarias con el fin de lograr las adecuaciones a las prácticas internacionales relacionadas al lavado de activos y sus delitos precedentes, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

 

Fuente: Unidad de Análisis Financiero y Económico

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