SRI aplicará multas de hasta 30 salarios básicos por la no entrega de comprobantes de venta
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha implementado nuevas normativas para garantizar el cumplimiento en la entrega de comprobantes de venta, tanto físicos como electrónicos.
Según la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000022, publicada el 10 de junio de 2024, se establecen sanciones que pueden oscilar entre 1 y 30 Remuneraciones Básicas Unificadas (RBU) para aquellos contribuyentes que no cumplan con esta obligación.
Principales Infracciones:
- No transmitir comprobantes de venta electrónicos a la Administración Tributaria.
- No entregar comprobantes de venta a los clientes.
Además, se consideran como no entrega de comprobantes en los siguientes casos:
- Comprobantes de venta físicos con autorización caducada.
- Comprobantes de venta electrónicos sin la debida autorización.
- Comprobantes de venta pertenecientes a otro contribuyente.
- Comprobantes de venta no autorizados.
- No enviar los archivos XML y el RIDE del comprobante electrónico al correo del cliente.
Multas y Sanciones
Las multas se calculan en función de la RBU, que para el período fiscal 2024 es de USD 460.
El SRI realizará operativos de control y gestionará denuncias de los contribuyentes para asegurar el cumplimiento de estas normativas.
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Fuente: Servicio de Rentas Internas
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