Contribuyentes ya pueden enviar su anexo de gastos personales del 2023

Contribuyentes ya pueden enviar su anexo de gastos personales del 2023

En febrero de 2024 las personas naturales que durante el año pasado tuvieron ingresos superiores a USD 11.772 e hicieron uso de sus gastos deben presentar el Anexo de Gastos Personales del período fiscal 2023.

Los gastos personales pueden ser por concepto de: vivienda, educación, arte y cultura, alimentación, vestimenta, turismo y salud (se incluyen los gastos generados por las mascotas). El monto máximo para descontar de su Impuesto a la Renta es el valor menor entre los gastos personales y el valor de la canasta básica (por número de cargas) conforme el siguiente detalle:

¿Quiénes pueden ser cargas? Las cargas familiares pueden ser los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan totalmente del contribuyente.

Antes de generar el anexo, deben registrar las cargas familiares que dependan en su totalidad del contribuyente y luego genere su anexo. Para ello ingrese a SRI en línea www.sri.gob.ec, opción Anexos / Anexo de gastos personales en línea.

Este anexo se presenta durante febrero conforme el noveno dígito de cédula o RUC:

Nota: Las fechas de este calendario ya consideran los traslados respectivos cuando la fecha de vencimiento original coincide con días de descanso obligatorio o feriados.

El SRI ofrece una guía que explica cómo realizar el registro de cargas familiares para períodos a partir de 2023. Para acceder al documento dé clic aquí.

Fuente: Servicio de Rentas Internas

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