Beneficios al sector turístico
Compensación de pérdidas
Los contribuyentes inscritos en el Registro Nacional de Turismo y que cuenten con la LUAE al día podrán compensar las pérdidas tributarias sufridas en los años 2020 y 2021, con las utilidades gravables que se obtengan en los períodos fiscales siguientes hasta el 100% por un máximo de 10 años. Si se cierra la actividad el saldo de la pérdida acumulada será deducible en su totalidad en el año en que se produzca este hecho.
Facilidades de pago
Conforme lo señalado en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Turismo y cuenten con la Licencia Única Anual de Funcionamiento al día; pueden acceder a facilidades de pago para el cumplimiento de dichas obligaciones hasta por un máximo de 48 meses, en cuyo se aplicará la remisión de intereses, multas y recargos de obligaciones tributarias con el Servicio de Rentas Internas, con vencimiento durante los ejercicios fiscales 2020 y 2021.
Fuente: Servicio de Rentas Internas