Audiencia de mediación voluntaria para la solución de conflictos individuales de trabajo

Audiencia de mediación voluntaria para la solución de conflictos individuales de trabajo

Trámite orientado a solucionar conflictos laborales de tipo individual, para lo cual, se deberá convocar a las partes a audiencias de mediación individual, pudiendo ser solicitada por cualquiera de las dos partes (trabajador, empleador o ex trabajador) o su vez en conjunto, para que con la asistencia de un Mediador Laboral se suscriban actas de acuerdos o imposibilidad de acuerdos a un conflicto colectivo.

Requisitos Obligatorios:
  1. Solicitud escrita de Mediación Laboral
  2. Cédula de identidad y/o ciudadanía.
  3. Pasaporte
  4. Poder o procuración judicial
  5. Poder especial o general
Requisitos Especiales:
  1. Pasaporte (Debe ser presentado en la audiencia de mediación para el empleador como para el trabajador o ex trabajador.)
  2. Poder o Procuración Judicial de la parte empleadora si vienen en representación del representante legal. (Debe ser presentado en la audiencia de mediación para el empleador como para el trabajador o ex trabajador.)
  3. Poder especial o general (Debe ser presentado en la audiencia de mediación para el empleador como para el trabajador o ex trabajador.)
¿Cómo hago el trámite?

Para realizar el trámite en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Ingresar al módulo de mediación laboral en el Sistema Único de Trabajo (SUT):  http://sut.trabajo.gob.ec/mrl/mediacion/externo/solicitudFrm.xhtml#no-back-button y completar el formulario de solicitud.
    2. Recibir la notificación donde se señala el día y hora de audiencia de mediación.
    3. Acudir a la audiencia de mediación en la Dirección Regional más cercana a su domicilio con los requisitos solicitados en la convocatoria.
    4. Suscribir el acta de mediación: Acta de acuerdo, Acta de comparecencia o Acta de imposibilidad de acuerdo.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Telefónico.

Fuente: Ministerio de Trabajo

Ante cualquier duda, comuníquese con nosotros

info@acl.com.ec
(+593) 99 734 9372

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