Obligaciones tributarias y empresariales octubre 2024

Obligaciones tributarias y empresariales octubre 2024

En octubre, las empresas y contribuyentes en Ecuador deben cumplir con varias obligaciones tributarias y empresariales importantes.

A continuación, se presenta un resumen detallado de las principales responsabilidades:

  • Declaración Mensual de IVA y Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta

Las declaraciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta deben realizarse en función de las operaciones del mes anterior.

Estas declaraciones se presentan según el noveno dígito del RUC de cada contribuyente. Los agentes de retención también están obligados a realizar esta presentación.

Para los contribuyentes especiales, el plazo máximo para cumplir con estas obligaciones es el 11 de octubre de 2024.

  • Informe sobre la Contratación de Auditoría Externa

De acuerdo con el artículo 321 de la Ley de Compañías, las empresas deben contratar auditores externos hasta 90 días antes del cierre del ejercicio económico (que es el 30 de septiembre).

Además, se debe informar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) sobre la contratación de los auditores dentro de los 30 días siguientes a la fecha de dicha contratación.

  • Registro del Pago de la Décimo Cuarta Remuneración en la Sierra y Amazonía

Los empleadores en las regiones Sierra y Amazonía deben registrar el pago de la décimo cuarta remuneración a favor de los trabajadores que se encuentren bajo relación de dependencia.

Este registro debe realizarse a través del Sistema de Salarios en Línea del Ministerio de Trabajo y seguir el cronograma establecido según el noveno dígito del RUC o cédula del empleador.

La fecha límite para cumplir con esta obligación es el 21 de octubre de 2024.

  • Declaración del Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos

A partir del 1 de julio de 2024, los operadores de pronósticos deportivos están obligados a declarar y pagar el Impuesto a la Renta Único (IRUPD) mediante el formulario de “Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta”. Además, deben reportar las retenciones sobre los premios otorgados a los jugadores.

Los operadores residentes deberán seguir las normas vigentes del IVA, mientras que los no residentes estarán sujetos a la retención del IVA, salvo que opten por actuar como agentes de percepción para la importación de servicios digitales.

  • Anexo de Registradores Mercantiles (REM)

Los registradores mercantiles tienen la responsabilidad de presentar la información relacionada con las inscripciones de bienes hereditarios, donaciones y aumentos de capital de las sociedades.

Este anexo debe presentarse hasta el último día del mes siguiente al que corresponda la información, incluso si no se ha generado ninguna.

  • Declaración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)

El ISD debe ser declarado por personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades privadas, tanto nacionales como extranjeras, que transfieran o envíen dinero al exterior.

Este impuesto aplica tanto si se realiza la transferencia mediante instituciones financieras como a través de couriers.

Las declaraciones se deben presentar de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

  • Anexo de Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF)

Las instituciones financieras controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros deben presentar el Anexo de Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF), el cual detalla las transacciones realizadas en nombre de sus clientes.

Este reporte se presenta en el mes subsiguiente al de las transacciones, siguiendo el cronograma basado en el noveno dígito del RUC.

  • Anexo Transaccional Simplificado (ATS)

Este anexo incluye información sobre compras, ventas, exportaciones, comprobantes anulados y retenciones, y debe presentarse mensualmente.

La presentación del ATS se realiza en el mes subsiguiente al que corresponde la información, de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

  • Reporte de Ventas a Crédito a la DINARDAP

Las empresas supervisadas por la SCVS que realicen operaciones de ventas a crédito, con o sin intereses, deben reportar dicha información a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP).

Este reporte es parte del Sistema Nacional de Datos y debe presentarse en los plazos correspondientes.

Cumplir con estas obligaciones dentro de los plazos establecidos es esencial para evitar sanciones y mantener el correcto funcionamiento de las operaciones empresariales.

Asegúrate de estar al día con tus responsabilidades fiscales y legales para garantizar la continuidad de tu compañía.

Fuente: Audit & Co. Latam

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