APROPIACIÓN DE LA RESERVA LEGAL
La Reserva Legal es la parte de beneficios no distribuidos que dotamos de forma obligatoria, y, que su objetivo será hacer frente a obligaciones futuras.
La Reserva Legal forma parte de los fondos propios de una empresa, además, servirán para afrontar pagos que puedan surgir de forma inmediata.
Tipos de reservas
Reserva Legal: la Ley obliga a las sociedades a destinar un porcentaje de los beneficios obtenidos durante todos los ejercicios contables.
Porcentajes de acuerdo a la clase de Compañía
Reserva Estatutaria: No es obligatoria por Ley, sino que, los propios Estatutos de la sociedad, obligarán a realizar esta aportación.
Reservas Especiales: Estas aportaciones surgen por algún motivo específico de la Ley.
Reservas Voluntarias: En este caso, la propia sociedad, decide este tipo de aportación de forma voluntaria, está formada por los beneficios no distribuidos y aparecerán en el Balance de Situación. Antes de crear este tipo de Reserva, deben constituir la Reserva Legal y la Reserva Estatutaria.
Cuando se dota la Reserva Legal reducimos los beneficios que vamos a distribuir entre los socios, ya que, habrá que aportar ese porcentaje antes de repartir dividendos.
Fuente: Ley de Compañías
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