SUBASTAS Y REMATES

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SUBASTAS Y REMATES

[/vc_column_text][vc_column_text]Según el Código Tributario en sus artículos del 195 al 199 establece los pasos para participar en subastas organizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). A continuación, se detalla el proceso a seguir:

Subasta (Vehículos de transporte terrestre o fluvial)

1) El SRI realiza la publicación de la subasta en varios medios de comunicación (en este aviso se indica el día, la hora y el lugar en el que se llevará a cabo la subasta).

2) Los interesados deben concurrir al lugar, día y hora indicados en el aviso.

3) Los bienes se adjudicarán inmediatamente al mejor postor, quién deberá realizar el pago del saldo ofertado de contado.

4) Una vez realizado el pago ofertado por la persona a la cual se le adjudicaron los bienes, se realizará la devolución de los valores consignados a los demás asistentes participantes en la subasta.

5) Se realizará una Acta por escrito como constancia a lo actuado en la subasta.

 

Según el Código Tributario en sus artículos del 186 al 194 establece los pasos para participar en remates organizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). A continuación, se detalla el proceso a seguir:

Remate (Bienes inmuebles, maquinarias o equipos)

1) El SRI realiza la publicación del remate en varios medios de comunicación (en este aviso se indica el día, la hora y el lugar en el que se llevará a cabo el remate)

2) Los interesados deberán presentar sus ofertas de 15:00 a 18:00 del día y lugar señalado por el SRI ante el secretario correspondiente y en sobre cerrado.

3) Las ofertas presentadas serán calificadas dentro de los 3 días posteriores a la recepción de las mismas.

4) Una vez calificadas, el SRI le notificará su orden de preferencia y el detalle de cada una.

5) En la subasta entre postores, usted podrá mejorar su oferta hasta en tres ocasiones conforme el procedimiento que será explicado por un servidor del SRI.

6) Dentro de los 3 días posteriores a la realización de la subasta entre postores, el SRI notificará la mejor postura, prefiriendo el pago de contado de los valores ofertados.

7) Una vez realizado el pago de contado por parte del adjudicado se devolverán los valores consignados por los demás ofertantes, para lo cual se firmará un documento de entrega como constancia.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]

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