Socios o accionistas podrán examinar todos los libros y documentos de la compañía relativos a la administración social

Socios o accionistas podrán examinar todos los libros y documentos de la compañía relativos a la administración social

Según el artículo 4 de la Ley de Modernización a la Ley de Compañías establece lo siguiente:

Los socios o accionistas podrán examinar todos los libros y documentos de la compañía relativos a la administración social.

En especial, tendrán derecho a que se les confiera copia certificada de los estados financieros, de las memorias o informes de los administradores, así como de los informes de los comisarios y auditores, cuando fuere del caso, y de las actas de juntas generales; también podrán solicitar la lista de socios o accionistas e informes acerca de los asuntos tratados o por tratarse en dichas juntas.

Los socios o accionistas tienen el deber jurídico de guardar el debido sigilo respecto de los proyectos de propuestas, estrategias empresariales o cualquier otra información no divulgada, a la que tuvieren conocimiento mediante este mecanismo de garantía de acceso a la información.

La compañía podrá, de creerlo conveniente, requerir al socio o accionista solicitante la suscripción de convenios de confidencialidad para efectos del acceso a la información respectiva.



Ante cualquier duda, comuníquese con nosotros

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