Obligaciones tributarias y empresariales noviembre 2024

Obligaciones tributarias y empresariales noviembre 2024

Noviembre trae consigo varias obligaciones fiscales importantes para las empresas y personas naturales en Ecuador.

A continuación, se detallan las responsabilidades tributarias que deben cumplirse este mes, incluyendo declaraciones de impuestos, anexos específicos y reportes financieros.

  • Declaración Mensual de IVA y Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta

Los contribuyentes deben declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en función de las transacciones del mes anterior.

La fecha límite de presentación está determinada por el noveno dígito del RUC. Además, los agentes de retención del Impuesto a la Renta también deben cumplir con su declaración mensual en función de este mismo criterio.

Para los contribuyentes especiales, el plazo máximo es el lunes 11 de noviembre.

  • Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos

Desde el 1 de julio de 2024, el Impuesto a la Renta Único (IRUPD) aplica a los operadores de pronósticos deportivos.

Este impuesto se declara a través del formulario de retenciones en la fuente y cubre también las retenciones sobre los premios otorgados a los jugadores.

Los operadores residentes en Ecuador deben ajustarse a las normas de IVA vigentes, mientras que los operadores no residentes estarán sujetos a retención de IVA, a menos que opten por registrarse como agentes de percepción de servicios digitales.

La presentación sigue el noveno dígito del RUC.

  • Declaración Mensual del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)

Personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades, tanto nacionales como extranjeras, que realicen transferencias de dinero al exterior, deben presentar la declaración mensual del Impuesto a la Salida de Divisas.

La obligación recae en quienes transfieren fondos con o sin intermediación de instituciones financieras o couriers.

La fecha de presentación sigue el calendario basado en el noveno dígito del RUC.

  • Anexo de Movimiento Internacional de Divisas

Los agentes de retención y percepción del ISD deben presentar mensualmente un anexo con información detallada de todas las transferencias y retiros realizados en el mes anterior.

Están exentos de esta obligación el Banco Central del Ecuador y las entidades que organicen espectáculos públicos con la participación de extranjeros no residentes.

Este anexo debe incluir tanto las transacciones con fondos propios como aquellas realizadas a solicitud de sus clientes, y debe presentarse según el noveno dígito del RUC.

  • Anexo de Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)

Los contribuyentes que fabriquen o importen bienes y los prestadores de servicios sujetos al ICE deben presentar un informe mensual de ventas a través del anexo ICE.

Este informe es obligatorio en los meses con ventas gravadas, y su presentación también depende del noveno dígito del RUC.

  • Anexo de Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF)

Las instituciones financieras bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos y Seguros deben presentar el ROTEF, un reporte mensual que detalla todas las transacciones realizadas por cuenta de sus clientes.

Este reporte debe presentarse el mes subsiguiente y de acuerdo con el noveno dígito del RUC, contribuyendo así a la transparencia en las operaciones financieras.

  • Impuesto a los Activos en el Exterior

Los contribuyentes que posean activos financieros en el exterior, tales como cuentas corrientes, fondos de inversión, fideicomisos u otros instrumentos financieros, están obligados a declarar y pagar el Impuesto a los Activos en el Exterior.

La presentación de esta declaración se realiza al mes siguiente, según el noveno dígito del RUC.

  • Anexo Transaccional Simplificado (ATS)

Este anexo reúne información sobre las operaciones mensuales del contribuyente, incluidas compras, ventas, exportaciones, comprobantes anulados y retenciones.

Su presentación debe realizarse en el mes subsiguiente y sigue el cronograma del noveno dígito del RUC.

  • Anexo de Registradores Mercantiles (REM)

Los registradores mercantiles deben presentar un informe mensual sobre las inscripciones de bienes hereditarios, donaciones y aumentos de capital en las sociedades.

La entrega del anexo REM se realiza hasta el último día del mes siguiente al que corresponde la información, incluso si no hubo actividad en ese período.

  • Reporte de Ventas a Crédito a la DINARDAP

Las compañías reguladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) que ofrezcan ventas a crédito deben reportar esta información a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP), integrándose así al Sistema Nacional de Datos.

Este reporte asegura la visibilidad y transparencia de las operaciones de crédito en el país, permitiendo un control efectivo por parte de las autoridades reguladoras.

Estas obligaciones, al cumplirse de manera puntual y precisa, no solo permiten evitar sanciones, sino que también fortalecen la transparencia y el compromiso con la normativa tributaria en el Ecuador.

Fuente: Audit & Co. Latam

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