NIA 620 – Uso del trabajo de un experto

NIA 620 - Uso del trabajo de un experto

Se refiere a los aspectos que debe tener en cuenta el auditor cuando decida recurrir al trabajo de otro experto para fortalecer sus evidencias.

Los objetivos del auditor son:

  •   Determinar si se utiliza el trabajo de un experto del auditor; y
  •   En caso de utilizar el trabajo de un experto del auditor, determinar si dicho trabajo es adecuado para los fines del auditor.

Para la construcción del informe de auditoría se puede tener que recurrir, en algunos casos, al trabajo de expertos en áreas diferentes a la contabilidad. Aunque el auditor debe tener conocimiento general del negocio, puede apoyarse en otros profesionales para realizar su encargo de revisión.

En las circunstancias descritas, el auditor debe tener clara la responsabilidad que sobre él recae cuando acude al trabajo de otra persona u organización en un campo de especialización distinto al de la contabilidad o auditoría, pues una vez el responsable del encargo de revisión incluye esa información como parte de sus evidencias, está certificando la validez de la información, pues reconoce que él es el único responsable de la opinión de auditoría que consigna en el informe.

Opinión del experto es de referencia pero no constituye opinión en el informe de auditoría

La opinión del experto externo deberá constituir una referencia para la construcción de la opinión del auditor encargado de la revisión de la información financiera de la entidad; sin embargo, tal opinión no podrá incluirse directamente en el informe de auditoría a menos que una disposición legal o reglamentaria lo requiera o que el auditor considere que dicha información es de suma relevancia para la comprensión de la opinión, y en tales casos indicará explícitamente en el cuerpo de su informe que la mención realizada no reduce su responsabilidad con relación a la opinión manifestada.

Fuente: Norma Internacional de Auditoría

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