Más sectores serán sujetos obligados ante la UAFE

Más sectores serán sujetos obligados ante la UAFE

Más sectores serán sujetos obligados ante la UAFE

Prepárate para reportar según la nueva normativa contra el lavado de activos

La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) ha anunciado la próxima incorporación de nuevos sectores económicos como Sujetos Obligados a Reportar, en el marco de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, publicada en el Registro Oficial N.º 610, del 29 de julio de 2024.

Esta medida busca reforzar los controles sobre actividades económicas sensibles, ampliando el espectro de vigilancia financiera para prevenir el uso del sistema económico con fines ilícitos.

¿Quiénes serán los nuevos sujetos obligados?

Según el comunicado oficial de la UAFE, los siguientes sectores serán próximamente incorporados:

  • Cajas Centrales
  • Cajas y Bancos Comunales, y Cajas de Ahorro
  • Intermediarios de Reaseguros
  • Asesores Productores de Seguros
  • Partidos y Movimientos Políticos Provinciales
  • Fundaciones (de carácter nacional)

Esta inclusión responde a la necesidad de cerrar brechas normativas y prevenir que estas figuras jurídicas sean utilizadas como canales para el lavado de activos, financiamiento del terrorismo o movimientos financieros irregulares.

¿Qué implica ser sujeto obligado?

Convertirse en sujeto obligado ante la UAFE significa que estas entidades estarán legalmente obligadas a:

  • Designar un Oficial de Cumplimiento capacitado.

  • Obtener un código de registro en el sistema de la UAFE.

  • Implementar un sistema de prevención de lavado de activos (manuales, políticas, procedimientos).

  • Reportar regularmente a la UAFE:

    • ROS: Reportes de Operaciones Sospechosas.

    • RESU: Reportes de operaciones superiores a USD 10.000 (individuales o acumuladas en 30 días).

    • RIA: Información adicional solicitada por la UAFE.

El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones económicas, procesos administrativos e incluso responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27, 28 y 31 de la Ley.

¿Cuándo comienza esta obligación?

La obligación será exigible únicamente después de que se emita y publique la Resolución de llamamiento correspondiente para cada sector.

Hasta entonces, se recomienda a las organizaciones:

  • Prepararse internamente designando responsables, documentando procesos y entendiendo sus riesgos.

  • Capacitar a su equipo sobre sus futuras responsabilidades y el marco legal.

  • Mantenerse atentos a los canales oficiales de la UAFE para recibir la notificación formal.

La adecuada preparación normativa no solo evita sanciones, sino que fortalece la confianza institucional y garantiza la continuidad operativa. Contar con asesoría técnica oportuna puede marcar la diferencia entre cumplir con lo justo o establecer una cultura organizacional orientada al cumplimiento, la ética y la prevención de riesgos.

Fuente: Unidad de Análisis Financiero y Económico

 

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