Acreedores de deudas pueden pedir reestructurar una empresa

Acreedores de deudas pueden pedir reestructurar una empresa

No solo los propietarios pueden solicitar la reestructuración o reorganización de una empresa cuando tiene problemas económicos. Los acreedores de deudas también lo pueden hacer. Esa es una de las propuestas del Decreto Ley de Reestructuración Empresarial, que ya está en la Corte Constitucional (CC).

El texto señala que la solicitud de reestructuración podrá ser presentada por la sociedad deudora o cualquiera de “sus acreedores no subordinados” que fueren titulares de deudas incumplidas que demuestren, al menos sumariamente, el estado de insolvencia actual o inminente de la empresa que no ha cumplido con sus pagos.

En ese contexto, explicó César Coronel, empresas proveedoras o, incluso, trabajadores que son acreedores de una compañía, pueden pedir la reestructuración de la compañía.

Quedan fuera de esta posibilidad sus acreedores no subordinados, es decir, accionistas, el representante legal, cónyuges del representante legal de los socios o accionistas, dijo Coronel. Asimismo, tampoco pueden hacerlo otras empresas que tengan intereses relevantes en cuanto a inversiones. Otra cosa que señala es el pedido tampoco lo pueden hacer acreedores que ya hayan llegado a un acuerdo expreso con la empresa deudora.

¿Cómo hacen el trámite los acreedores? El decreto ley señala que estos deberán presentar una memoria explicativa que justifique la solicitud, incluyendo, en su caso, una descripción de la deuda y una justificación explicativa de la situación de insolvencia actual o inminente de la compañía.

En la solicitud deberá constar las direcciones de correo electrónico de los acreedores solicitantes, para las notificaciones que correspondan.

El deudor también podrá oponerse a la solicitud de los acreedores solicitando, con debida justificación documental, la apertura de otro procedimiento diferente.

En caso de rebeldía del deudor, señala la propuesta, la Superintendencia de Compañías podrá designar un supervisor provisional llamado a determinar si el deudor se encuentra en un estado de insolvencia actual o inminente, con lo cual se decidirá la procedencia o no de la solicitud de los acreedores.

Esta es una de las opciones para solicitar la reorganización de una empresa, explicó Coronel. La iniciativa busca llenar un vacío legal que hay en Ecuador porque deroga la Ley de Concurso Preventivo, que es una ley que rige de los años 1990 y que ha implicado que apenas 21 empresas se acojan a ese trámite, señaló el experto.

Además, busca llenar el vació que dejó la Ley Humanitaria para llegar a acuerdos entre empresas y deudores, que rigió hasta abril de 2023. En ese contexto, y con un posible fenómeno de El Niño que puede complicar a las compañías, el Gobierno pretende introducir la propuesta legal.

“Una de las figuras del nuevo decreto más novedosas es la del concordato; es decir, un acuerdo que suscriben ambas partes, tanto la empresa deudora como sus acreedores, estableciendo las deudas pendientes de pago, su orden de cancelación y el plazo y monto para liquidarla”, aseguró José Loayza Mendoza, abogado especialista en derecho empresarial y socio de Census Consultores.

Este proceso de reestructuración de las sociedades aplicaría para las empresas con negocios viables, que quieren llegar a un acuerdo de pago con sus acreedores, incluyendo instituciones financieras o crediticias, dijo el especialista.

“Las empresas podrán reestructurarse operacional y administrativamente, considerando sus activos y pasivos. De esta forma, proponen un acuerdo de pago que le permitirá conservar la empresa. Estas medidas incentivan a las empresas a sanear sus deudas, con la seguridad de que no les iniciarán nuevos procesos que detengan el cumplimiento del concordato. También brinda a los acreedores la certeza de que se respetará el acuerdo de pago y que gozarán de prioridad en el cobro de las obligaciones vencidas”, explica Loayza.

Para Coronel, el Decreto Ley de Reestructuración Empresarial puede ser también considerada como una ley de quiebras para Ecuador, similar al denominado Capítulo 11 de Estados Unidos, al cual acuden empresas que tienen operaciones o cotizan en bolsa en ese país cuando están en bancarrota.

Fuente: Expreso

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