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Deducción del 150 % por Patrocinio Cultural con simplificación y validación digital

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¿Sabías que tu empresa puede acceder a una deducción de hasta el 150 % adicional en el impuesto a la renta por patrocinar proyectos culturales? Este incentivo tributario, vigente desde hace algunos años, acaba de ser reformado para simplificar su aplicación y facilitar su validación. A partir del Acuerdo Ministerial MCYP-MCYP-2025-0051-A, publicado en el Registro Oficial No. 33, se introducen mejoras clave que promueven una mayor participación del sector privado en el fomento del arte y la cultura en el Ecuador.

¿En qué consiste el beneficio?

La deducción del 150 % adicional está contemplada en el numeral 22 del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Esta permite que los contribuyentes que patrocinen eventos artísticos, culturales, cinematográficos y otras expresiones creativas puedan deducir no solo el valor real del gasto, sino un 50 % adicional al momento de calcular su impuesto a la renta.

Por ejemplo, si una empresa destina $10.000 al patrocinio de una obra teatral calificada, podrá deducir $15.000 de su base imponible. Esto representa una ventaja fiscal considerable, especialmente para compañías que buscan combinar impacto social con eficiencia tributaria.

¿Qué cambia con esta reforma?

El nuevo acuerdo ministerial introduce modificaciones importantes a la norma técnica previa:

Simplificación terminológica: Se unifican los términos “factura”, “contrato” o “convenio” por “comprobante de venta autorizado por el SRI”, eliminando ambigüedades y facilitando la revisión documental.

Reserva de Monto de Patrocinio: Se establece un mecanismo digital más claro para reservar fondos antes de formalizar el patrocinio. Esta reserva es obligatoria y tiene una vigencia improrrogable de 45 días hábiles. Si el patrocinio no se concreta en ese plazo, el cupo se libera automáticamente.

Obligación de actualización: Si el patrocinio no se ejecuta o es menor al valor reservado, el patrocinado deberá actualizar la información para liberar el monto restante y dar oportunidad a nuevos beneficiarios.

Contratos de patrocinio voluntarios: Las partes podrán suscribir convenios por mutuo acuerdo, con carácter estrictamente privado, eximiendo al Ministerio de Cultura y Patrimonio de cualquier responsabilidad.

Datos de contacto obligatorios: Ahora se exige el número de celular y correo electrónico del patrocinador para mejorar la trazabilidad.

¿Qué propuestas aplican?

Una de las mayores ventajas de esta reforma es que las disposiciones se aplican de manera retroactiva. Es decir, todas las propuestas culturales previamente calificadas también podrán beneficiarse de las nuevas condiciones más ágiles.

Esto representa una gran oportunidad para quienes ya iniciaron sus trámites o cuentan con un dictamen favorable. La simplificación y digitalización de procesos optimiza tanto el acceso como el cumplimiento del incentivo.

Una herramienta estratégica para el sector empresarial

Este incentivo no solo beneficia al sector cultural, sino que también se convierte en una herramienta estratégica para las empresas privadas que desean posicionar su marca, aportar al desarrollo social y optimizar su carga tributaria de forma legal y ética.

En un contexto donde las deducciones y beneficios fiscales son clave para la planificación financiera de las compañías, este tipo de medidas abre la puerta a una relación ganar-ganar entre cultura y sector productivo.

El patrocinio cultural ya no es un proceso complejo ni lejano. Con las reformas aprobadas por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, el camino se allana para que más empresas puedan contribuir al desarrollo artístico del país y, al mismo tiempo, acceder a una ventaja tributaria significativa.

Si estás considerando incluir este beneficio en tu estrategia fiscal, este es el momento ideal para informarte, calificar una propuesta y aprovechar el 150 % de deducción.

Para más detalles, accede al acuerdo oficial completo de la resolución en este enlace: Acuerdo-No.-MCYP-MCYP-2025-0051-A

Fuente: Ministerio de Cultura y Patrimonio

 

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