www.acl.com.ec

El IVA será del 8% en Navidad y en los cinco días del feriado de enero de 2025

El IVA será del 8% en Navidad y en los cinco días del feriado de enero de 2025

La tarifa del 8% en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se aplicará solo en las actividades turísticas, según consta en el decreto presidencial Nº 482.

Una semana después de que el Gobierno decretó un feriado de cinco días en enero de 2025 en Ecuador, se expide el decreto Nª 482 con el que se dispone la rebaja del IVA al 8% durante las fechas de descanso, aunque solo para actividades turísticas.

Concretamente, el artículo 1 del decreto, expedido este 13 de diciembre de 2024, señala que habrá dos momentos en que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se reducirá del 15% al 8%. Estos son: 

  • Miércoles 25 de diciembre de 2024. 
  • Del miércoles 1 al domingo 5 de enero de 2024.

Mientras que en el artículo 3 del documento se explica que los establecimientos turísticos deberán emitir la factura con el IVA al 8%. 

Además, mediante la disposición general se ratifica lo expuesto en el decreto 474 del 6 de diciembre, con el que se añade a los días 2 y 3 de enero al feriado de Año Nuevo.

El feriado de enero de 2025 será uno de los más largos del próximo año y es de carácter obligatorio y no recuperable. 

Por otra parte, el pasado 4 de diciembre se informó en cambio que durante todo 2025, el IVA se mantendrá con la tarifa actual del 15%, que fue decretada, entre otras causas, para financiar el llamado conflicto armado interno.

Decreto Nº 482

Fuente: Primicias

Ante cualquier duda, comuníquese con nosotros

info@acl.com.ec
(+593) 99 734 9372

¡Síganos en Redes Sociales!

Advertencia. El boletín de ACL Auditores y Consultores Latam no es ni podrá ser utilizado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento netamente informativo

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *