Requisitos para inscribir nombramientos
En aras de garantizar un proceso de inscripción de nombramientos eficiente y transparente, es esencial cumplir con una serie de requisitos establecidos el Registro Mercantil.
Estos requisitos son fundamentales para asegurar que los nombramientos se carguen de manera adecuada.
A continuación, se detallan los requisitos necesarios para llevar a cabo el proceso de inscripción de nombramientos.
Asegúrese de cumplir con cada uno de ellos para facilitar su registro:
- Un ejemplar del nombramiento con firmas originales por cargo, escribir al pie de la firma el código dactilar.
- Copia del acta de junta de accionistas o socios, según corresponda.
- Certificado de NO constar en la Base de Datos de Personas con Sentencia Condenatoria emitido por la UAFE.
- Constancia de no encontrarse en las listas públicas internacionales:
- Office of FOREIGN Assets Control – OFAC (sanctionssearch.ofac.treas.gov)
- Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (https://www.un.org/securitycouncil/es/content/un-sc-consolidated-list.)
- Copia del pasaporte en el caso de ser extranjero.
- Si el administrador es una persona jurídica, adjunte la copia del RUC con su nombramiento.
- Si el nombramiento es de una compañía de Seguros o de Bancos, debe contar con la calificación previa por parte de la Superintendencia de Compañías.
Nota: El valor a cancelar por tasa registral es de USD $25.00 dólares por cada cargo.
Estos requisitos son esenciales para garantizar la legalidad y transparencia de los nombramientos.
Fuente: Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP)
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