Reforma al Reglamento de Auditoría Externa
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros reformó el Reglamento sobre Auditoría Externa.
Mediante esta reforma las Sociedades por Acciones
Simplificadas (SAS) con finalidad social o pública cuyos activos excedan los $100,000 y las demás SAS cuyos activos excedan los $500,000, deben someter sus estados financieros anuales al dictamen de auditoría.
Además, se establece un período de enfriamiento en el cual se deberá rotar los equipos que efectúen las auditorías por parte de las firmas auditoras, mas no contratar con una firma diferente.
A. Obligados a contar con Auditoría Externa
Las compañías nacionales de economía mixta, anónimas y sociedades por acciones simplificadas con participación de personas jurídicas de derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública cuyos activos excedan los
$100,000.
Las sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas que se hubieran establecido en el Ecuador cuyos activos excedan los $100,000.
Las compañías nacionales anónimas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones y sociedades por acciones simplificadas cuyos activos excedan los $500,000.
Las compañías sujetas al control y vigilancia de la
Superintendencia de Compañías obligadas a presentar
balances consolidados.
Fuente: Superintendencia de Compañías
Descargar: Reforma Auditoría Externa
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