SRI EMITE RESOLUCIÓN QUE REGULA ACCIONES DURANTE PERIODO DE REINGENIERÍA DIGITAL

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SRI EMITE RESOLUCIÓN QUE REGULA ACCIONES DURANTE PERIODO DE REINGENIERÍA DIGITAL

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El Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución Nro. NAC-DGERCGC20-00000074, en la que señala las medidas que se aplicarán para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias durante el período de reingeniería.

Por única vez se amplía el plazo para la presentación de declaraciones, anexos e informes tributarios y/o el pago de tributos correspondientes a tales declaraciones, para los contribuyentes cuya fecha de vencimiento de las mismas sea los días 24 y 28 de diciembre de 2020, de acuerdo al siguiente calendario:

 

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  • Se suspenden los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, desde el 24 de diciembre de 2020 hasta el 1 de enero de 2021, inclusive.

 

  • Respecto de las cuotas de facilidades y planes de pago, cuyo vencimiento esté comprendido entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, el SRI realizará los débitos y aceptará su pago hasta el 4 de enero de 2021, sin que ello afecte los planes o facilidades de pago.

 

  • Los contribuyentes que emitan comprobantes electrónicos entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, podrán transmitirlos electrónicamente al Servicio de Rentas Internas entre el 2 y el 7 enero de 2021.

 

  • Los contribuyentes que al 16 de diciembre de 2021 estimen no contar con comprobantes vigentes desde el 24 de diciembre de 2020, por caducidad o terminación, son responsables de solicitar hasta el 23 de diciembre la autorización para imprimir y emitir estos documentos.

 

  • Los comprobantes de venta, retención y/o documentos complementarios preimpresos que caduquen entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, podrán ser emitidos válidamente hasta el 2 de enero de 2021.

 

Fuente: Servicio de Rentas Internas

 

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