La ley del contador debe actualizarse

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La ley del contador debe actualizarse

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El presidente de la Federación Nacional de Contadores, Idrián Estrella, habló sobre el proyecto de Ley de Reforma Integral a la Ley de Contadores y sus implicaciones en esta actividad. Asimismo, analiza el impacto del cobro de 2% de impuesto a la renta a microempresarios.

¿Cómo ve el articulado del proyecto de Ley de Reforma Integral a la Ley de Contadores que trata la Asamblea?

En relación con la Ley vigente, que data de 1967, un 80% de lo que planteaba el proyecto original era igual. No podríamos hablar de una reforma, exactamente. La Comisión de los Derechos de los Trabajadores, donde se analiza el texto, nos recibió a la Federación Nacional de Contadores. Tuvimos un taller de trabajo. Nosotros presentamos nuestras observaciones a los asambleístas.

¿Qué plantearon?

Nuestra primera observación fue que no hay que reformar la Ley, sino hacer una nueva. Sin embargo, aprovechando la coyuntura de que ya se presentó algo, hagámoslo bien. Propusimos un texto alternativo mucho más completo e integral. La contabilidad de hoy no es la de 1967. No solo se centra en las cuentas, sino que incluye temas de control tributario, laboral, societario, financiero, de lavado de activos, auditoría externa, interna y forense. Eso no contempla el proyecto actual.

¿Rescata algo del proyecto que se está tratando?

Estamos de acuerdo con la despenalización del contador frente a actos de fraude tributario. ¿Por qué? Porque la presunción que está en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) es que el contador y el representante legal son coautores de delito tributario. Pero, eso hay que demostrarlo. En la Ley reformatoria se propone que se despenalice hasta tanto se demuestre que el contador es coautor, no por simple presunción.

La nueva norma también plantea que las presiones que pueda ejercer el representante legal no afecten al contador en el caso que se produzca un hecho fraudulento. Así es. Estamos de acuerdo. Muchas veces los representantes legales, accionistas o gerentes cometen un acto ilícito y el contador se entera luego que sucedió. Hay delitos tributarios, por ejemplo, que el contador ni siquiera se llega a enterar.

¿Qué falta en el proyecto?

Es importante tomar en cuenta el tema de los contadores bachilleres. Hasta 1974 los colegios emitían ese título y con eso se podía ejercer la profesión y firmar una sola contabilidad. Luego de esa fecha, el contador bachiller no necesariamente podía firmar balances. En el proyecto que se presentó en julio del año anterior se respetaba el hecho que los contadores graduados hasta 1974 pudieran ejercer la profesión, pero me llamó la atención que se haya planteado durante el debate la posibilidad de que se elimine la figura del contador bachiller cuando todavía hay personas en esa situación.

En el informe de primer debate eso no se incluyó. Sin embargo, también hubo planteamientos, durante el análisis, con relación a que los contadores autorizados para firmar balances fueran únicamente los que tuvieran título de tercer nivel. ¿Qué pasaría con las personas que no cuentan con este título?

Se estaría coartando el derecho de esas personas, que estaban ejerciendo su profesión de acuerdo a una normativa. Nosotros, en la propuesta que hicimos, incluimos que todos esos profesionales obtengan una certificación para seguir ejerciendo su profesión.

¿Qué pasa con las personas que tienen títulos de tecnología en contabilidad?

Su título también es de tercer nivel, que se obtiene en dos años. En ese tiempo no se logra que la persona obtenga las competencias para asumir la responsabilidad de un estado financiero y otras actividades complementarias. En el debate se propuso algo que no estaba en el texto original: darles actividades a los tecnólogos. Lo que también se debe incluir es que no se le puede dar al tecnólogo la responsabilidad de firmar balances y asumir eso ante entidades públicas.

El proyecto de Ley también contiene una parte regulatoria, particularmente vinculada a los colegios de contadores. ¿Cómo analiza la Federación la propuesta?

Primero debo comentarle que como ya no es obligatorio colegiarse para ejercer la profesión, el número de integrantes de los colegios ha disminuido a escala nacional. El proyecto ya no habla de colegios provinciales, como se organizan hasta ahora, sino de profesionales.

Como Federación han indicado que este es un tema que genera polémica. ¿Por qué?

Porque en la nueva Ley se habla de que se podrán formar institutos de formación y capacitación.

¿Estos estarán en manos de los colegios de profesionales? Exactamente. Eso no está en la Ley actual. No es competencia de un colegio profesional tener institutos. Para eso están las entidades que rige la Ley de Educación Superior. Me preocupa que se quiera crear institutos a la par que colegios profesionales, porque ahí el negocio está en la creación de lo primero y no en la actividad gremial puramente entendida.

¿La Federación hizo planteamientos con relación a la capacitación en su área?

Propusimos tener una silla de voz, no de voto, en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) con relación a la formación en contaduría y afines. También en el Servicio de Rentas Internas (SRI), en cuanto a la formación en temas tributarios y de recaudación. Nosotros estamos del otro lado del ente de control, en cuanto a lo que sucede en el día a día de los contribuyentes en el país.

A propósito de eso, los contadores, a escala nacional, deben conocer plenamente sobre el pago del 2% del impuesto a la renta para las microempresas, con ingresos o pérdidas. ¿Qué impacto genera esta medida?

Las compañías van a comenzar a jugar a vender con factura y sin factura. Si facturo ya se que tengo que pagar el 2%. Los focos de evasión tributaria van a crecer. Además, como ya no se declara en función de la utilidad, los microempresarios dejarán de pedir facturas para gastos. El régimen es totalmente injusto y ha causado mucha confusión dentro de los contribuyentes del Fisco.

¿Qué dudas ha generado?

Ha generado lo que denomino como un champús tributario. Digamos que tengo un local (micro) y brindo servicios profesionales. Pago a inicios de año como dueño de una microempresa el 2% y luego, en marzo, realizo otra declaración de impuestos bajo el régimen regular por mis facturas de servicios de tipo profesional. En este caso se tributa bajo dos regímenes diferentes. Lo peor es que si a uno le va mal en el micro negocio y se pierde, se paga igual.

¿Qué impactos hay para el ciudadano?

Habrá casos en que no reciba facturas. Puede que al microempresario no le interese facturar, para evitar pagar, y al ciudadano tampoco recibir dicho registro de compra. Se afecta al Fisco y también se impacta en la cultura tributaria del país.

Fuente: Revista Lideres

https://www.revistalideres.ec/lideres/ley-contador-debe-actualizarse-entrevista.html.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]

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