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¿Remisión o rutina? Ocho condonaciones tributarias en 17 años y una práctica que se repite

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En Ecuador, el alivio tributario mediante condonaciones, remisiones y amnistías no es una medida extraordinaria, sino una herramienta recurrente. Desde 2008 hasta 2025, el país ha ejecutado al menos ocho procesos de remisión tributaria, con el objetivo de recuperar parte de la cartera vencida del Servicio de Rentas Internas (SRI) y reactivar ingresos fiscales ante escenarios de presión económica.

La Ley Orgánica de Integridad Pública, aprobada en junio de 2025, es el ejemplo más reciente: establece la condonación del 100 % de intereses, multas, costas y recargos derivados de obligaciones tributarias, siempre que el contribuyente pague el capital de la deuda hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta disposición está siendo regulada por la Resolución NAC-DGERCGC25-00000015, emitida por el SRI el 30 de junio.

¿Cuántas condonaciones ha habido y cuánto se ha recaudado?

De acuerdo con cifras disponibles, Ecuador ha declarado las siguientes remisiones tributarias:

  • 2008: USD 15,3 millones

  • 2015: USD 972 millones

  • 2018: USD 1.103 millones

  • 2023: USD 960 millones

  • 2024: USD 556 millones

Estas cifras dan cuenta de ingresos puntuales al fisco, pero no de una solución estructural. A pesar de estas medidas, la cartera en firme del SRI continúa siendo considerable: más de USD 4.000 millones, según expertos tributarios. La estrategia de “recuperar algo en lugar de nada” puede aliviar la caja fiscal en el corto plazo, pero también genera interrogantes de fondo.

¿Qué implicaciones tienen estas remisiones para los contribuyentes?

Desde un enfoque técnico, es importante analizar varios efectos colaterales de esta práctica:

Impacto en la cultura tributaria

Las remisiones constantes pueden erosionar la disciplina tributaria. Si los contribuyentes perciben que es preferible esperar a una amnistía para regularizarse sin multas ni intereses, el incentivo para cumplir de forma puntual se debilita. Esto genera un riesgo moral que afecta directamente a quienes sí cumplen con sus obligaciones.

Inequidad entre contribuyentes

Las remisiones aplican a quienes no han pagado. Por tanto, los contribuyentes que han sido diligentes no reciben ningún incentivo ni reconocimiento. Esta asimetría podría generar frustración y cuestionamientos en sectores empresariales que priorizan el cumplimiento fiscal.

Dependencia estructural del fisco

Cuando las remisiones se vuelven frecuentes, dejan de ser una medida excepcional y pasan a ser parte de la estrategia de recaudación. Esto puede indicar debilidades en los sistemas de cobranza, fiscalización y recuperación de cartera vencida.

Como lo señala el analista tributario Mario Vásconez:

“Se está enviando un mensaje claro de que no hay un manejo adecuado de la cobranza, y como no se puede cobrar, se opta por perdonar intereses y multas”.
¿Son sostenibles las remisiones como política fiscal?

Desde el punto de vista de la sostenibilidad, las remisiones generan ingresos inmediatos pero afectan la estabilidad futura. Las empresas ajustan su planificación fiscal en función de precedentes, y una política repetitiva de condonación puede restar previsibilidad al sistema tributario.

El Estado debe balancear entre ofrecer alivio en contextos críticos y mantener un sistema justo, equitativo y sostenible. De lo contrario, se profundiza la percepción de un sistema en el que el cumplimiento es castigado con indiferencia, y el incumplimiento es premiado con exoneraciones.

¿Cómo prepararse ante este escenario?

En el contexto de la actual remisión tributaria, las organizaciones tienen la oportunidad de revisar su cumplimiento fiscal, proyectar riesgos y tomar decisiones estratégicas. Algunas acciones recomendadas incluyen:

Auditoría de cumplimiento tributario

Permite identificar pasivos no declarados, errores formales y riesgos fiscales acumulados. Esta revisión técnica es clave para determinar si la empresa puede acogerse a la remisión con seguridad jurídica.

Asesoría para acogerse correctamente

La normativa vigente establece plazos, condiciones y exclusiones. Por ejemplo, no aplica al impuesto a la renta del ejercicio 2024, ni a obligaciones que estén fuera de la competencia del SRI. Un análisis detallado evita errores que podrían invalidar la condonación.

Evaluación de escenarios futuros

Más allá del presente, es necesario evaluar cómo afectaría a la empresa una eventual eliminación de estas prácticas en el futuro. ¿Qué tan preparada está la compañía para sostener su liquidez sin depender de beneficios fiscales extraordinarios?

Conexión con la remisión vigente

La Resolución NAC-DGERCGC25-00000015 establece el procedimiento operativo para acogerse a la remisión actual. Entre los puntos más relevantes:

  • El capital debe ser cancelado en su totalidad hasta el 31 de diciembre de 2025.

  • Aplica exclusivamente a tributos administrados por el SRI.

  • Excluye obligaciones vinculadas al impuesto a la renta 2024.

  • En procesos coactivos, se requiere gestión ante las unidades respectivas del SRI.

Esta es una oportunidad para que las empresas regularicen su situación fiscal de forma planificada, con el respaldo de análisis técnico y sin incurrir en sanciones futuras.

Las remisiones tributarias, aunque efectivas en el corto plazo, plantean desafíos estructurales que deben ser abordados con visión estratégica. Las firmas especializadas en contabilidad, auditoría y consultoría tienen un rol clave: no solo acompañar el proceso de regularización, sino también construir cultura tributaria sostenible y prevenir futuros riesgos fiscales.

Entender el contexto, analizar su impacto y prepararse con anticipación ya no es una ventaja, sino una necesidad en un entorno tributario tan dinámico como el ecuatoriano.

Fuente: ACL – Audit & Co Latam Auditores SA 

 

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