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Personas jurídicas obligadas a contar con auditoria externa. RESOLUCIÓN No.SCVS.INC-DNCDN-2021-0012

Personas jurídicas obligadas a contar con auditoria externa. RESOLUCIÓN No.SCVS.INC-DNCDN-2021-0012

Artículo 2.-Sustituir el artículo 2 por el siguiente: ‘’Art. 2.- Personas  jurídicas  obligadas  a  contar con  auditoria  externa. -Están  obligadas  a someter   sus   estados   financieros   anuales   al dictamen de auditoria externa:

  1. Las compañías nacionales de economía mixta, anónimas y sociedades por acciones simplificadas con participación de personas jurídicas de derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública, cuyos activos excedan de cien mil dólares de los Estados Unidos de América (US $100.000,00).
  2. Las sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas que se hubieran establecido en el Ecuador, siempre que los activos excedan los cien mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 100.000,00).
  3. Las compañías nacionales anónimas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones y sociedades por acciones simplificadas, cuyos montos de acticos excedan los quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 500.000,00).
  4. Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, obligadas a presentar balances consolidados.

Para  efectos  de  este  reglamento,  se  considera como activos el monto al que ascienda el activo total constante en el estado de situación financiera, presentado por la sociedad respectiva  a  la  Superintendencia  de  Compañías, Valores  y  Seguros  en  el  ejercicio  económico anterior’’.

Resumen de Compañías sujetas a auditoría

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